16 noviembre 2011

Fotografiar menores en un centro educativo

 Hoy me preguntaban esto en un curso, si un centro educativo puede publicar fotografías en las que aparecen los alumnos del centro.

La respuesta es que sí, previo consentimiento de sus padres o tutores legales y previo consentimiento del menor si es mayor de 14 años. Lo recoge la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal en su artículo 13. Está muy bien explicado en esta entrada:


Fotografía de niños en colegios

El informe al que hace referencia, del Gabinete Jurídico lo explica en detalle.

Informe 0194/2009 de la Agencia de Protección de Datos

Por tanto, la práctica que se está extendiendo en los centros de solicitar la autorización es la correcta y además los padres siempre tienen su derecho de cancelación, que forzaría al centro a retirar las fotos si así se solicitase.

No hay comentarios: